Comunicado 17-05-2021
Cuyos ingresos anuales no superen los S/10’120,000
EMPRESAS TURÍSTICAS PODRÁN APLAZAR DEUDAS HASTA 30 DE JUNIO
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que, a partir del lunes 17 de mayo hasta el 30 de junio, las empresas del sector turismo, con ingresos anuales que no superen las 2,300 unidades impositivas tributarias (UIT) o 10 millones 120,000 soles, podrán presentar de manera virtual las solicitudes para acogerse al Régimen de Aplazamiento y Fraccionamiento (RAF) Turismo. Mediante Resolución de Superintendencia 070-2021/Sunat, publicada en el diario El Peruano, se establece que la presentación de la solicitud de acogimiento al RAF – Turismo se realiza a través de Sunat Virtual, para lo cual se debe ingresar a Sunat Operaciones en Línea con el código de usuario y la clave SOL.Luego se selecciona la opción “Solicito Fraccionamiento RAF – Turismo” y dentro de ella el Formulario Virtual 1706 – “Formulario Virtual de Fraccionamiento – RAF – Turismo”.
FUENTE: TNEWS
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